Hipoteca con un solo titular y vivienda en copropiedad: riesgos, protecciones y soluciones

¿Hipoteca con un solo firmante y casa en copropiedad? Descubre qué sucede, los riesgos y las protecciones a nivel legal y fiscal. Nuestra guía completa te explica las soluciones para proteger a ambos.

Publicado el 05 de Dic de 2025
Actualizado el 05 de Dic de 2025
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En Breve (TL;DR)

Cuando la hipoteca está a nombre de una sola persona pero el inmueble es propiedad de ambos, es fundamental conocer las implicaciones legales y fiscales para proteger los derechos de ambos.

Analizamos qué implica esta elección para ambos, tanto desde el punto de vista de los derechos de propiedad como de las obligaciones financieras.

Profundizaremos en las implicaciones legales y las soluciones disponibles para proteger a ambos miembros de la pareja.

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Comprar una casa es un hito fundamental, especialmente para las parejas y las familias. A menudo, por motivos prácticos o de oportunidad, se elige una solución que parece ventajosa: el inmueble se pone a nombre de ambos miembros de la pareja, pero la hipoteca la suscribe una sola persona. Esta elección, aunque común y a veces necesaria, esconde implicaciones legales, fiscales y personales que es fundamental conocer para evitar sorpresas desagradables en el futuro. Comprender a fondo qué significa separar la propiedad del inmueble de la titularidad de la deuda es el primer paso para una decisión consciente y segura.

Esta configuración puede surgir de diversas necesidades. Quizás uno de los dos miembros de la pareja tiene una situación laboral más estable o un mejor perfil crediticio, lo que da más confianza al banco. En otros casos, podría ser una elección dictada por cuestiones de edad o por el acceso a beneficios específicos. Independientemente de la motivación, es esencial analizar los derechos y deberes de cada parte, tanto frente a la entidad de crédito como entre los propios miembros de la pareja. Este artículo explora en detalle todos los aspectos de esta compleja situación, ofreciendo una guía clara sobre los riesgos, las protecciones y las soluciones disponibles en el contexto italiano.

Pareja frente a una casa, una persona sostiene un contrato de hipoteca mientras la otra señala el inmueble.
Cuando la propiedad de un inmueble es compartida pero la financiación está a nombre de una sola persona, es fundamental conocer las consecuencias. Descubre qué prevé la ley y cómo protegerse.

¿Por qué la hipoteca está a nombre de una sola persona?

La decisión de poner la hipoteca a nombre de un solo miembro de la pareja, aunque la casa se compre entre dos, casi nunca es casual. Los bancos, antes de conceder una financiación tan importante, realizan un análisis exhaustivo de la situación de ingresos y patrimonio de los solicitantes. A menudo, la solidez financiera de una sola persona resulta más convincente que la de dos personas con ingresos menos estables o con historiales crediticios complejos. Por ejemplo, un miembro de la pareja con un contrato indefinido y buenos ingresos tiene más probabilidades de obtener la hipoteca que una pareja en la que ambos tienen contratos atípicos o trabajos esporádicos. Profundizar en cómo el banco evalúa el tipo de trabajo puede aclarar muchos de estos mecanismos.

En otros contextos, la elección puede depender de factores de edad, que influyen en la duración máxima de la financiación, o del deseo de no involucrar al otro miembro de la pareja en un compromiso financiero a largo plazo. A veces, son las propias entidades de crédito las que prefieren un único deudor con garantías sólidas, simplificando el trámite. Sea cual sea la razón, esta configuración crea una clara separación entre la relación de deuda con el banco, que solo concierne al firmante, y el derecho de propiedad sobre el inmueble, que pertenece a ambos cotitulares de la escritura de compraventa.

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Propiedad del inmueble vs. titularidad de la hipoteca

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Es crucial comprender la distinción fundamental entre ser propietario de un inmueble y ser titular de una hipoteca. La propiedad se define en la escritura de compraventa, el llamado rogito notarile. Si este documento indica a dos personas como compradores, ambas son propietarias del inmueble en las cuotas especificadas (normalmente al 50 % cada una). Este derecho de propiedad es independiente de quién pague las cuotas de la financiación. Por otro lado, el contrato de hipoteca es un acuerdo separado, firmado entre el banco y el prestatario. Quien firma este contrato es el único deudor a ojos de la entidad de crédito.

Esta división tiene enormes consecuencias prácticas. El banco, en caso de impago de las cuotas, solo puede actuar legalmente contra el patrimonio del titular de la hipoteca. Sin embargo, la garantía principal del préstamo es la hipoteca, que se inscribe sobre todo el inmueble, incluidas las cuotas de propiedad del miembro de la pareja que no es prestatario. Esto significa que, en caso de insolvencia grave, el banco tiene derecho a embargar y subastar la casa entera, aunque uno de los propietarios no tenga ninguna deuda directa con él. Esta dinámica expone al copropietario no deudor a un riesgo significativo.

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Implicaciones legales en caso de separación o divorcio

Cuando una relación termina, la gestión de una vivienda en copropiedad con una hipoteca a nombre de una sola persona se vuelve particularmente compleja. Las consecuencias legales varían según el régimen económico matrimonial de la pareja (si están casados) y los acuerdos alcanzados. Para las parejas casadas en régimen de gananciales, el inmueble adquirido durante el matrimonio pertenece a ambos, aunque la escritura solo mencione un nombre. La deuda de la hipoteca, sin embargo, sigue siendo personal del cónyuge que la suscribió. En régimen de separación de bienes o para las parejas de hecho, la propiedad se divide según las cuotas indicadas en la escritura.

En caso de separación, el cónyuge titular de la hipoteca sigue siendo el único obligado a pagar las cuotas. Sin embargo, el juez, al determinar la pensión compensatoria o de alimentos, puede tener en cuenta este desembolso. Las soluciones más comunes para resolver la situación son tres: la subrogación de la hipoteca, donde uno de los miembros de la pareja compra la parte del otro y asume la totalidad de la deuda (con el consentimiento del banco); la venta del inmueble para saldar la deuda y repartir el posible sobrante; o, si hay hijos, la atribución del uso de la vivienda a uno de los progenitores, que seguirá viviendo en ella.

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La protección del cotitular no prestatario de la hipoteca

El miembro de la pareja que es copropietario de la casa pero no titular de la hipoteca se encuentra en una posición vulnerable. Aunque tiene un derecho de propiedad real sobre el inmueble, no tiene control directo sobre la deuda que lo financia. El mayor riesgo, como se ha mencionado, es la insolvencia del prestatario, que podría llevar a la pérdida de toda la casa. Por este motivo, es fundamental adoptar medidas de protección preventivas. El instrumento más eficaz es el contrato privado, un acuerdo redactado entre los miembros de la pareja, preferiblemente con la asistencia de un abogado.

Este documento puede regular las relaciones internas, estableciendo que, aunque las cuotas se paguen desde una sola cuenta corriente, la carga económica es, de hecho, compartida. Puede definir las modalidades de reembolso de las cantidades aportadas en caso de separación o venta del inmueble, evitando futuras disputas. Por ejemplo, se puede pactar que el miembro no prestatario contribuya a los gastos con pagos periódicos o que su aportación se considere una forma de participación en la inversión familiar. Sin un acuerdo por escrito, demostrar dichas contribuciones a posteriori puede resultar extremadamente difícil.

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Aspectos fiscales y deducciones de los intereses

Un aspecto a menudo subestimado se refiere a las deducciones fiscales por los intereses de la hipoteca. La normativa italiana es muy clara: el derecho a la deducción del 19 % en el IRPF corresponde solo a quien es simultáneamente titular de la hipoteca y propietario del inmueble destinado a vivienda habitual. En la situación de una casa en copropiedad y una hipoteca a nombre de uno solo, el único titular de la financiación puede deducir los intereses, pero solo en proporción a su cuota de propiedad. Por ejemplo, si posee el 50 % del inmueble, podrá deducir el 19 % de los intereses calculados sobre la mitad del importe máximo permitido.

Sin embargo, algunas interpretaciones más recientes y sentencias han aclarado que, si el prestatario asume la totalidad del pago, puede deducir el importe íntegro de los intereses, hasta el límite máximo de 4.000 euros, siempre que el inmueble sea su vivienda habitual. El copropietario que no es prestatario, en cambio, no tiene derecho a ninguna deducción, aunque contribuya económicamente al pago de las cuotas. Esta asimetría fiscal representa una desventaja económica que debe tenerse en cuenta. Para una visión completa, es útil consultar la guía de deducciones y beneficios fiscales en hipotecas.

Soluciones y alternativas prácticas

Antes de optar por la configuración «hipoteca para uno, casa para dos», es prudente evaluar alternativas que podrían ofrecer mayor equilibrio y seguridad. La solución más transparente y recomendada es poner tanto el inmueble como la hipoteca a nombre de ambos. De esta manera, los derechos y deberes se reparten equitativamente, y ambos miembros de la pareja pueden beneficiarse de las deducciones fiscales según su cuota. Aunque requiere que ambos solicitantes tengan requisitos de crédito suficientes, esta opción previene gran parte de los problemas descritos.

Otra posibilidad es que el miembro de la pareja con menores garantías de ingresos intervenga no como cotitular de la deuda, sino como avalista o tercer poseedor hipotecante. En este papel, no se convierte en deudor directo, pero ofrece una garantía adicional al banco, reforzando la solicitud de la hipoteca. Esta opción puede ser un buen compromiso, aunque también conlleva riesgos específicos. Para comprender mejor esta figura, puede ser útil leer el artículo dedicado al tercer poseedor hipotecante, con sus riesgos y ventajas. Finalmente, el asesoramiento de un notario o de un asesor financiero es siempre el paso más importante para elegir la estructura más adecuada a las propias necesidades.

Conclusiones

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La elección de poner la hipoteca a nombre de una sola persona y la propiedad del inmueble a nombre de dos es una solución de doble filo. Si por un lado puede facilitar el acceso al crédito, por otro introduce una serie de complejidades legales, fiscales y personales que no deben ser ignoradas. Los riesgos, especialmente para el miembro no prestatario, son concretos y pueden surgir de forma disruptiva en caso de insolvencia del deudor o de fin de la relación. La pérdida del derecho a la deducción fiscal para uno de los dos copropietarios es una desventaja económica adicional a considerar.

Para afrontar esta situación con serenidad, la palabra clave es planificación. Es fundamental dialogar abiertamente, comprender a fondo los derechos y deberes de cada uno y formalizar los acuerdos internos a través de un contrato privado. El asesoramiento de profesionales como notarios y abogados no es un gasto superfluo, sino una inversión para la protección del propio futuro. Evaluar detenidamente todas las alternativas, como la cotitularidad de ambos contratos o el uso de garantías, permite encontrar el equilibrio más justo para un proyecto de vida tan importante como la compra de una casa.

Preguntas frecuentes

disegno di un ragazzo seduto con nuvolette di testo con dentro la parola FAQ
¿Qué pasa si nos separamos y la casa está en copropiedad pero la hipoteca no?

En caso de separación, la propiedad del inmueble sigue dividida entre los dos miembros de la pareja según las cuotas que posean. Sin embargo, la obligación de pagar las cuotas de la hipoteca recae exclusivamente en la persona que la suscribió. El banco, de hecho, solo se dirigirá contra el titular de la financiación. No obstante, la hipoteca constituida como garantía del préstamo grava todo el inmueble; por consiguiente, en caso de impago, el banco podría embargar y subastar la casa, incluida la parte de la propiedad del miembro no titular de la hipoteca. Las partes pueden llegar a un acuerdo, como la venta del inmueble o la subrogación de la hipoteca por parte de uno de los dos, pero si no hay acuerdo, la situación puede volverse compleja y requerir la intervención de un juez.

¿Quién puede deducir los intereses de la hipoteca en esta situación?

La deducción fiscal del 19 % sobre los intereses de la hipoteca corresponde únicamente a la persona que es simultáneamente titular del contrato de hipoteca y propietaria del inmueble. En este caso concreto, como el inmueble está en copropiedad, el único titular de la hipoteca podrá deducir el 100 % de los intereses, hasta el límite máximo de 4.000 euros, aunque solo posea una parte de la casa. El copropietario que no ha firmado el contrato de hipoteca no tiene derecho a ninguna deducción fiscal.

Si el titular de la hipoteca no paga, ¿qué riesgo corre el copropietario de la vivienda?

El principal riesgo para el copropietario no prestatario es la pérdida del inmueble. Si el titular de la hipoteca deja de pagar las cuotas, el banco iniciará los procedimientos de recuperación del crédito. Dado que la hipoteca está inscrita sobre el valor total del inmueble como garantía del préstamo, el banco puede proceder al embargo y a la venta forzosa de la casa, aunque una parte de ella pertenezca a una persona ajena al contrato de hipoteca. El copropietario, aunque no sea deudor directo, se arriesga a perder su parte de la propiedad sin poder oponerse a la acción del banco.

¿Cómo puede protegerse el cotitular no prestatario de la hipoteca?

Para protegerse, el cotitular no prestatario debería formalizar los acuerdos con el otro a través de un contrato privado. Este documento puede especificar, por ejemplo, que los pagos realizados por el cotitular no prestatario para la casa (como contribución a las cuotas o para otros gastos) constituyen un préstamo a reembolsar en caso de separación o venta del inmueble. Otra solución es la subrogación de la hipoteca, mediante la cual el cotitular no prestatario asume la deuda, pero esta operación requiere el consentimiento del banco. En general, el asesoramiento de un abogado antes de optar por esta configuración es la forma de protección más eficaz para definir claramente los derechos y deberes de ambos.

En caso de fallecimiento del titular de la hipoteca, ¿qué sucede?

Al fallecer el titular, la deuda restante de la hipoteca se transfiere a sus herederos, junto con su parte de la propiedad del inmueble. Si los herederos aceptan la herencia, se hacen responsables del pago de las cuotas restantes. Una opción es verificar si se había contratado una póliza de vida vinculada a la hipoteca, que en tal caso saldaría la deuda. En ausencia de seguro, los herederos pueden decidir subrogarse a la hipoteca, cancelarla anticipadamente (quizás vendiendo el inmueble) o renunciar a la herencia. El copropietario superviviente deberá coordinarse con los herederos para gestionar el futuro de la propiedad y de la deuda.

Francesco Zinghinì

Ingeniero Electrónico experto en sistemas Fintech. Fundador de MutuiperlaCasa.com y desarrollador de sistemas CRM para la gestión de crédito. En TuttoSemplice aplica su experiencia técnica para analizar mercados financieros, hipotecas y seguros, ayudando a los usuarios a encontrar las soluciones más ventajosas con transparencia matemática.

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